
Con fines administrativos, de organización, defensivos y recaudatorios, fueron el fundamento de la independencia y fuerza de los Concejos Castellanos.
El Sexmo de La Vega, se reunía en San Cristóbal; el de Aldeas, en Castellanos; el de Sinlabajos, en Palacios de Goda; el de Rágama, en Rasueros; el de Orbita, en Montuenga; y el del Aceral, en Nava de Arévalo; y cada uno llevaba sus libros.
Tenían como única propiedad la "Casa de los Sexmos" de la Plaza de la Villa, trasladada al nuevo edificio de la Plaza del Real en 1517.
2 comentarios:
¿Un sexmo es entonces una subdivisión solamente o también hace referencia a una cantidad fija de impuestos?
Para más detalles:
http://es.wikipedia.org/wiki/Sexmo
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